domingo, 20 de octubre de 2013


CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL SIN EFECTOS

¿Estás en falta con tus obligaciones fiscales? ¡Cuidado! tus facturas pueden perder validez

El certificado de sello digital de un contribuyente podrá quedar sin efectos cuando:
  1. En el ejercicio de las facultades de comprobación, no se localice al contribuyente, éste desaparezca durante el procedimiento, no ponga a disposición o no presente su contabilidad, o bien, se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos, se utilizaron para amparar probables operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
  2. Se tenga conocimiento de la probable existencia de un delito de los previstos en el Código Fiscal de la Federación y la conducta sea imputable al contribuyente titular del certificado.
  3. Los contribuyentes en un mismo ejercicio fiscal omitan, estando obligados a ello, la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.
  4. Durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localice al contribuyente o éste desaparezca.

Al quedar sin efectos el certificado de sello digital el contribuyente no podrá emitir facturas, hasta que aclare las causas por las que se dejó sin efecto su certificado de sello digital. Los comprobantes fiscales emitidos después de esta observación de la autoridad, no tendrán valor para efectos fiscales.

Los contribuyentes que emiten comprobantes fiscales digitales (CFD) que se ubiquen en alguno de los supuestos, además de la revocación de sus certificados, se les negará la aprobación de nuevos folios y les serán cancelados los folios que no hayan sido utilizados a partir de que surta efectos la notificación.

La notificación al contribuyente que se encuentre en alguno de los supuestos se realizará a través delBuzón Tributario.

martes, 21 de mayo de 2013

Sistema de citas

Citas
Registrar una cita


Antes de solicitar una cita, es indispensable:
  • Contar con los requisitos del trámite a presentar, para ello consulte el Catálogo de trámites del SAT. En caso de incumplir con dichos requisitos, no se le podrá brindar la atención del servicio solicitado y/o perderá la atención prioritaria con cita.

  • Específicamente para el servicio de Fiel, encontrará toda la información necesaria en Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

    Para mayor información llame a INFOSAT: 01 800 46 36 728.

Mayor información.

Para solicitar su cita dé clic aquí.

Nuevo (Descarga PDF 869 kB) Manual de citas

Ponemos a su disposición los siguientes videotutoriales donde se explica cómo:

Youtube  Solicitar una cita

Youtube  Confirmar su cita
Con el propósito de simplificar los nombres que se utilizan en los trámites, estamos sustituyendo  los  términos Clave de Identificación Electrónica Confidencial o Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIEC o CIECF) únicamente por la palabra “Contraseña”.

No es necesario hacer ninguna gestión. Tu contraseña (antes CIEC) sigue siendo válida.





¿Necesita facturar?

Usted puede elegir entre dos opciones para expedir facturas:


    1. Solicite en el Sistema de Comprobantes Fiscales (Sicofi) el código de barras y la aprobación de folios, con su Fiel

    2. Genere o imprima su comprobante.
      Guia (Descarga Word 410 kB)Word, (Descarga PDF 506 kB)PDF 

miércoles, 17 de abril de 2013

Cómo tramitar un Certificado de Sello digital (CSD)



  1. Descargue la aplicación (Descarga ZIP 2.09 mB) Solcedi

  2. Genere con Solcedi los archivos de requerimiento y solicitud de certificado de sello digital.
    Consulte el Manual que se descarga junto con el Solcedi.

  3. Envíe la solicitud de sellos digitales y recupere ahí mismo los certificados.
    Requiere de su CIEC o Fiel para realizar el envío.

Videotutoriales


Youtube Solicitud de certificado de sello digital

Youtube Ensobretado del requerimiento de certificado de sello digital

Youtube Envío del requerimiento de certificado de sello digital

Youtube Recuperación de certificado de sello digital
LogoSat
Portal Contribuyente
Servicio de Generación de Factura Electrónica

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO
CONDICIONES GENERALES
Las condiciones generales que integran el “Servicio de generación de factura electrónica (CFDI)”, que otorga el Servicio de Administración Tributaria a través de su página en Internet (www.sat.gob.mx), serán aplicables al contenido de los términos y condiciones de uso descritas en el presente documento.
1. DEFINICIONES.
En lo sucesivo se entenderá para efectos de este documento com

lunes, 15 de abril de 2013

Declaración informativa de razones por las cuales no se realiza el pago [Avisos en Cero]
Usuario autenticado: ejemplo  Terminar Sesión

lunes, 25 de febrero de 2013


INICIO>INFORMACIÓN Y SERVICIOS>COMPROBANTES FISCALES>FACTURACIÓN ELECTRÓNICA (CFDI)
 Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande Imprimir esta informaciónImprimir                

GENERACIÓN GRATUITA DE FACTURAS ELECTRÓNICAS

Este servicio permite a los contribuyentes generar gratis y en línea sus facturas electrónicas. Está dirigido principalmente a contribuyentes de regímenes como arrendamiento, actividad empresarial y profesional —honorarios—, entre otros con bajos volúmenes de emisión de facturas; sin embargo no está limitado sólo a estos.

Servicio Gratuito de generación de Factura Electrónica CFDI

(Desgarga PDF 2 mB) Manual del usuario.

Para utilizar este servicio es indispensable contar con Firma Electrónica Avanzada (Fiel) y tramitar al menos un certificado de sello digital (CSD).


El servicio de generación de Factura Electrónica permite capturar y certificar un comprobante a la vez. Entre las funcionalidades y características con las que cuenta están: 
  • Compatible con diversas plataformas y navegadores
  • Contempla todo el ciclo de generación de una factura electrónica (captura, sellado y certificación digital).
  • El proceso de certificación del SAT a la Factura Electrónica es en línea.
  • Permite capturar los requisitos de las Facturas Electrónicas de acuerdo con lo que establecen las disposiciones fiscales, así como la integración de “leyendas fiscales” y del Comprobante Electrónico de Pago (CEP), vinculado con el Sistema de Pago Electrónico Interbancario "SPEI".
  • Genera el comprobante en su formato electrónico (XML) y la representación impresa.
  • Permite consultar y recuperar las Facturas Electrónicas (CFDI).
  • Almacena comprobantes en captura hasta por 72 horas.

El servicio no administra catálogos de clientes o productos, ni integra addendas comerciales, por lo que debido al volumen de operaciones de algunos contribuyentes o quienes requieran la incorporación de complementos adicionales o addendas, deberán utilizar los servicios prestados por los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) para la certificación de sus comprobantes. El servicio tampoco realiza cálculos de impuestos ni certifica Facturas Electrónicas (CFDI) generadas por otros sistemas.

Lista de servicios gratuitos de facturación electrónica ofrecidos por los PAC.

Mayor información
última modificación : 

martes, 1 de enero de 2013



Factura Electrónica

La Fiel es el primer paso, obténgala o renuévela.

Le presentamos información relacionada con los procesos y requisitos para facturar electrónicamente de acorde a sus necesidades en 2012.

Los contribuyentes que tienen comprobantes impresos puedan seguir utilizándolos hasta que se agote su vigencia de 2 años.

Consulte más información de la 
Factura electrónica

INICIO>OFICINA VIRTUAL>PERSONAS_FÍSICAS>INFORMACIÓN GENERAL
 Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande Imprimir esta informaciónImprimir                

INFORMACIÓN GENERAL

Comprobantes Fiscales Impresos

Ofrece a los contribuyentes y ciudadanos en general, servicios relacionados con la impresión de comprobantes fiscales:
  • Aprobación de folios y series para la impresión de comprobantes con código de barras bidimensional (CBB).
    El contribuyente debe obtener la aprobación a través de este servicio, antes de imprimir sus comprobantes fiscales (requiere de FIEL).
  • Verificación de Comprobantes.
    Verifique si el comprobante que recibió fue aprobado y registrado por el SAT (Aplicación de libre acceso).
  • Denuncias.
    Procedimiento y  medios para la presentación de denuncias relacionadas con la expedición de comprobantes fiscales (Aplicación de libre acceso).



  1. Una vez que cuente con folios y código de barras, puede imprimir sus facturas a través de sus propios recursos (computadora e impresora) o bien a través de un impresor.

    En todo caso deberá asegurarse que sus facturas contengan la siguiente información:
    • Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.
    • Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR. (Consulte el procedimiento para obtener el régimen fiscal). 
    • Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan.
    • Lugar y fecha de expedición.
    • El código de barras proporcionado por el SAT, en un tamaño de 2.75 cm. por 2.75 cm., y con resolución mínima de 200/200 dpi.
    • El número de aprobación  y número de folio asignados.
    • La leyenda “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, con letra no menor de 5 puntos.
    • La leyenda "Este comprobante tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios, la cual es dd/mm/aaaa", misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos.
En el momento de la emisión del comprobante deberá anotar los siguientes datos:
    • Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.
    • Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
    • Valor unitario consignado en número
    • Importe total consignado en número o letra.
    • Señalar si la contraprestación se paga en una sola exhibición o en parcialidades.
    • Cuando proceda, indicar el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
    • Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente.
    • Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación (sólo será aplicable a los contribuyentes que hayan efectuado la importación de mercancías respecto de las que realicen ventas de primera mano). 
Guía para la emisión de comprobantes fiscales impresos con código de barras (Descarga Word 410 kB) Word, (Descarga PDF506 kB) PDF.

 TÉRMINOS Y CONDICIONES. El presente documento describe los términos y condiciones generales (en adelante únicamente “TÉRMINOS Y CONDICIONES...