CONSULTA DE DEVOLUCIONES MANUALES amigos les puedo ayudar en sus devoluciones este es un ejemplo del cual hice la solicitud de devolucion por la atencion y el estar aca muchas , gracias el segundo no se presento el solicitante a la cita del SAT pero el primero si se obtuvo la devolucion
martes, 2 de septiembre de 2014
viernes, 22 de agosto de 2014
SAT > FICHAS TEMÁTICAS > BUZON TRIBUTARIO > CONTABILIDAD ELECTRÓNICA
CONTABILIDAD ELECTRÓNICA
A partir del 1 de julio de 2014 están obligados a llevar contabilidad electrónica y enviar esta información al SAT las personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos, y las personas físicas con actividad s:empresarial.
Sólo quedan exentas de la obligación los siguiente los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen, así como la federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al gobierno federal el importe íntegro de su remante de operación, y las personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.
Cómo se genera la contabilidad electrónica
Genera los archivos xml con el detalle de la contabilidad electrónica conforme a lo establecido en el (1.12 mb)Anexo 24 de la Segunda resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, comprime cada archivo en zip y cumple con la nomenclatura establecida.
Cómo se envía la información
La entrega de la información es a través del Buzón Tributario, en el apartado Contabilidad electrónica; el envío debe hacerse con firma electrónica.
El envío de la información se hace conforme lo siguiente:
- El catálogo de cuentas de nivel mayor y subcuenta (niveles 1 y 2) por única vez en el primer envío (en octubre), y tres días después cada vez que sea modificado.
- Las balanzas de comprobación y el sistema financiero de forma mensual, en el mes siguiente al que correspondan los datos, de acuerdo con lo siguiente:
Tipo de contribuyente
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Plazo de envío
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Personas morales
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A más tardar el día 25 del mes siguiente.
En caso de cierre del ejercicio, a más tardar el 20 de abril del ejercicio siguiente.
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Personas físicas
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A más tardar el día 27 del mes siguiente.
En caso de cierre del ejercicio, a más tardar el 22 de mayo del ejercicio siguiente.
|
No obstante, la información de julio a diciembre de 2014 de las personas morales debe enviarse en los siguientes términos:
Balanza de comprobación de:
|
Mes de entrega:
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Julio
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Enero, 2015
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Agosto
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Enero, 2015
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Septiembre y octubre
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Enero, 2015
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Noviembre y diciembre
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Enero, 2015
|
Las personas físicas comienzan a enviar su información a partir de enero 2015.
Para el envío, ingresa al Buzón Tributario:
1. Selecciona Contabilidad electrónica.
2. Selecciona el tipo de información y archivo que vas a enviar junto con los datos generales relacionados.
3. Envía con la firma electrónica.
Si el envío es exitoso recibes un acuse de recepción.
En cambio, cuando los archivos tienen errores informáticos, recibes un aviso a través del Buzón Tributario para que, dentro de los tres días hábiles siguientes, corrijas esa situación y los envíes nuevamente.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
Marco jurídico
- Infracciones
- Artículo 28 del Código Fiscal de la Federación
- Artículos 33 y 34 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación
- (372 KB) Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014
- (1.12 MB) Anexo 24 de la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014
Última modificación:
06 de agosto de 2014 a las 10:04
06 de agosto de 2014 a las 10:04

martes, 29 de julio de 2014
Como parte de tus obligaciones en el Régimen de Incorporación Fiscal cada bimestre tienes que reportar los ingresos y gastos que tuviste en tu negocio.
Durante julio debes declarar el primer bimestre de este año; las declaraciones del segundo y tercer bimestres del año las puedes realizar durante agosto. Sólo ingresa en el apartado Mis declaracionesde Mis Cuentas y haz tu declaración fácil y rápido por internet.
Recuerda que el primer año no pagas impuesto y durante diez años tienes un importante descuento en este pago.
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martes, 22 de julio de 2014
Buenos días, para la factura global de tus ingresos por ventas al
público en general debes utilizar el RFC genérico XAXX010101000 y XEXX010101000
en caso de residentes en el extranjero, saludos. GL
La declaración del primer bimestre se debe presentar en el mes de julio,
la declaración del segundo y tercer bimestre se puede presentar en julio,
siendo obligatorio en el mes de agosto, saludos. GL
Buenos días Rocio, las personas que al 31 de diciembre de 2013
declaraban como pequeños contribuyentes, a partir del 1 de enero de 2014
pasaron de forma automática al RIF, saludos. JS
domingo, 20 de julio de 2014
sábado, 19 de julio de 2014

Sabado 19 de julio de 2014
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Mis cuentas
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